Atención de quejas
Revisado el 20 de septiembre de 2026
Qué se puede reclamar
Cualquier cliente puede plantear una queja por la demora o el trato recibido, o una reclamación cuando entienda que se han lesionado sus derechos o intereses en la prestación del servicio. Ambas se tramitan por la misma vía y son gratuitas.
Departamento designado
La entidad tiene encomendada esta función al Consejo General de Economistas, cuyo departamento figura inscrito en la CNMV a estos efectos. Sus datos publicados son:
| Persona responsable | Victoria Nombela Rollón |
|---|---|
| Correo electrónico | [email protected] |
| Teléfono | +34 914 32 26 70 |
| Dirección postal | C/ Nicasio Gallego, 8 · 28010 Madrid |
Puede contrastarlos en el apartado «Atención al cliente» de la ficha del registro. El reglamento para la defensa del cliente se facilita a quien lo solicite.
Cómo redactarla
Basta un escrito con sus datos identificativos, un medio por el que localizarle, la condición en la que actúa y el hecho concreto que motiva la queja. Adjunte lo que sirva para acreditarlo. No se exige formulario ni formato alguno.
Tiempos
Primero se acusa recibo. La resolución llega en un mes como máximo si quien reclama tiene la condición de consumidor, y en dos meses en los demás casos, según la normativa que rige a las entidades financieras.
Si la respuesta no convence
Queda abierta la vía del Servicio de Reclamaciones de la CNMV, sin coste, con el requisito de haber acudido antes al departamento anterior. Los formularios y las instrucciones están en cnmv.es.
Tratamiento del expediente
La documentación entregada se emplea únicamente para resolver el asunto y para cumplir las obligaciones legales que lo acompañan, en los términos de la política de datos.